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Instrucciones de protección laboral para el operador (conductor) de la grúa. documento completo

protección laboral

protección laboral / Instrucciones estándar para la protección laboral.

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prevención de accidentes

1. Requisitos generales para la protección laboral

1.1. Esta Instrucción estándar se desarrolló teniendo en cuenta los requisitos de las Reglas para el uso de dispositivos técnicos en instalaciones de producción peligrosas, aprobadas por Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 25.12.98 de diciembre de 1540 No. 1999 (Legislación recopilada de la Federación de Rusia . 1. No. 191. Art. 10.03.99), Reglas para la organización e implementación del control de producción sobre el cumplimiento de los requisitos de seguridad industrial en una instalación de producción peligrosa, aprobadas por Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia de 263 de marzo de 1999 No. 11 (Colección de legislación de la Federación de Rusia. 1305. No. 10. Art. 257), Reglas para el diseño y operación segura de grúas de elevación de carga (PB 98-31.12.98 -79) (en adelante, las Reglas), aprobado por Resolución de la Supervisión Técnica y Minera del Estado de Rusia de XNUMX de diciembre de XNUMX No. XNUMX, y establece las responsabilidades de los operadores (operadores de grúas) para el mantenimiento de grúas manipuladoras.

1.2. Las instrucciones de producción para operadores (maquinistas) se desarrollan sobre la base de esta Instrucción estándar, acordada con el Gosgortekhnadzor de Rusia, y pueden contener requisitos adicionales que surgen de las condiciones operativas locales de las grúas de carga, instrucciones para el mantenimiento de las grúas de carga, sus vehículos y dispositivos de seguridad. en los manuales de funcionamiento de las grúas de carga, sus vehículos y dispositivos de seguridad.

1.3. Los operadores (conductores) que hayan sido capacitados y tengan un certificado para tener derecho a operar grúas de elevación de carga deben saber:

1) manuales de funcionamiento de grúas y dispositivos de seguridad de los fabricantes;

2) instrucciones de producción;

3) diseño de grúas manipuladoras, finalidad, principios de funcionamiento y diseño de componentes de mecanismos y dispositivos de seguridad de grúas manipuladoras;

4) disposición de los dispositivos de manejo de carga;

5) instrucción sobre protección laboral;

6) técnicas y métodos de prestación de primeros auxilios a las víctimas.

2. Requisitos de protección laboral antes de iniciar el trabajo

2.1. Antes de comenzar a trabajar, el operador (conductor) debe asegurarse de que todos los mecanismos, estructuras metálicas y otras partes de la grúa estén en buen estado de funcionamiento. Al hacerlo, deberá:

1) inspeccionar los mecanismos de la grúa, su fijación y frenos, así como el chasis, los dispositivos de tracción y amortiguación;

2) verificar la presencia y la capacidad de servicio de las protecciones del mecanismo;

3) comprobar la lubricación de engranajes, cojinetes y cables, así como el estado de los dispositivos de lubricación y las juntas;

4) inspeccionar en lugares accesibles las estructuras metálicas y conexiones de los tramos de pluma y sus elementos de suspensión (cuerdas, tirantes, poleas, aretes, etc.), así como las estructuras metálicas y conexiones soldadas del bastidor rodante (chasis) y del eje giratorio. parte;

5) inspeccionar en lugares accesibles el estado de los cables y su fijación al tambor, pluma, cuchara, así como el tendido de cables en los flujos de bloques y tambores;

6) inspeccionar el gancho y su fijación en el soporte;

7) comprobar la capacidad de servicio de soportes adicionales (vigas retráctiles, gatos) y estabilizadores;

8) verificar la disponibilidad y capacidad de servicio de los dispositivos y dispositivos de seguridad;

9) comprobar el estado de funcionamiento de la iluminación, las luces de tope y los faros de la grúa;

10) al aceptar una grúa de accionamiento hidráulico, inspeccionar el sistema de accionamiento, las mangueras flexibles, si se utilizan, las bombas y las válvulas de seguridad en las líneas de presión.

2.2. El operador (conductor) está obligado, junto con el eslingador, a verificar la conformidad de los dispositivos de elevación con el peso y la naturaleza de la carga, su capacidad de servicio y la presencia de sellos o etiquetas que indiquen la capacidad de carga, la fecha de prueba y el número. .

2.3. Al aceptar una grúa en funcionamiento, la inspección debe realizarse junto con el operador (conductor) que entrega el turno. Para inspeccionar la grúa de carga, el propietario está obligado a asignar el tiempo necesario al operador (conductor) al inicio del turno.

2.4. La inspección de la grúa debe realizarse sólo cuando los mecanismos no estén funcionando.

2.5. Al inspeccionar una grúa, el operador (conductor) debe utilizar una lámpara portátil con un voltaje no superior a 12 V.

2.6. Después de inspeccionar la grúa antes de ponerla en funcionamiento, el operador (conductor), asegurándose de que se respeten las dimensiones de aproximación requeridas, está obligado a probar todos los mecanismos en ralentí y comprobar el correcto funcionamiento:

1) mecanismos de la grúa y equipos eléctricos, si los hubiere;

2) dispositivos de seguridad y dispositivos disponibles en la grúa;

3) frenos;

4) sistemas hidráulicos.

2.7. Si durante la inspección y prueba de la grúa se descubren fallas o deficiencias en su estado que impidan un funcionamiento seguro, y es imposible eliminarlas por sí solo, el operador (gruista), sin iniciar el trabajo, deberá informarlo al ingeniero y trabajador técnico responsable del mantenimiento de la grúa - el manipulador está en buenas condiciones, y notificar a la persona responsable de la realización segura del trabajo con grúas.

2.8. El operador (conductor) no debe comenzar a trabajar en la grúa de carga si existen las siguientes averías:

1) grietas o deformaciones en las estructuras metálicas de la grúa;

2) grietas en los elementos de suspensión del botalón (aretes, varillas, etc.),

3) la ausencia de chavetas y abrazaderas previamente existentes en los lugares donde se sujetan las cuerdas o se debilita la sujeción;

4) el número de roturas de cables de la pluma o cable de carga o desgaste de la superficie excede la norma establecida por el manual de operación de la grúa de carga, hay hilos rotos u otros daños;

5) defectos en el mecanismo de elevación de carga o en el mecanismo de elevación de la pluma que amenacen la seguridad operativa;

6) daños en las piezas de freno del mecanismo de elevación de carga o del mecanismo de elevación de la pluma; desgaste de los anzuelos en la boca, superior al 10% de la altura de la sección original, mal funcionamiento del dispositivo que cierra la boca del anzuelo, fallo de fijación del anzuelo en la jaula;

7) daños o insuficiencia de soportes adicionales, mal funcionamiento de los estabilizadores para automóviles y otras grúas de carga con chasis suspendido;

8) daños a los bloques de cable y dispositivos que impiden que la cuerda salga de los arroyos del bloque.

2.9. Antes de comenzar a trabajar, el operador (conductor) debe:

1) familiarizarse con el proyecto para la realización de trabajos con grúas, mapas tecnológicos de carga, descarga y almacenamiento de mercancías;

2) verificar el estado del sitio para la instalación de una grúa;

3) asegurarse de que no haya línea eléctrica en el lugar de trabajo o esté ubicada a una distancia superior a 30 m;

4) obtener un permiso de trabajo para operar una grúa a una distancia inferior a 30 m de la línea eléctrica;

5) verificar la suficiencia de iluminación del área de trabajo;

6) asegurarse de que los honderos tengan certificados y signos distintivos.

2.10. Habiendo aceptado la grúa de carga, el operador (conductor) debe realizar la entrada correspondiente en el libro de registro y, después de recibir la tarea y el permiso para trabajar de la persona responsable del desempeño seguro del trabajo de las grúas de carga, comenzar a trabajar.

2.11. El permiso para poner en funcionamiento grúas sobre orugas y de ruedas neumáticas después de trasladarlas a una nueva instalación lo emite un ingeniero y un trabajador técnico para supervisar el funcionamiento seguro de las grúas basándose en la verificación del estado de la grúa y la garantía de condiciones de trabajo seguras con una entrada en el cuaderno.

3. Requisitos de protección laboral durante el trabajo

3.1. Al operar una grúa de carga, el operador (conductor) debe guiarse por los requisitos e instrucciones establecidos en el manual de operación de la grúa de carga y las instrucciones de producción.

3.2. El operador (conductor), mientras opera los mecanismos del manipulador de grúa, no debe distraerse de sus funciones directas, así como limpiar, lubricar y reparar los mecanismos.

3.3. Si es necesario abandonar la grúa de carga, el operador (conductor) está obligado a detener el motor que acciona los mecanismos de la grúa de carga y retirar la llave de contacto de los camiones grúa de carga. En ausencia de un operador (conductor), el aprendiz y otras personas no pueden operar la grúa de carga.

3.4. Antes de realizar cualquier movimiento con la grúa de carga, el operador (conductor) debe asegurarse de que el aprendiz se encuentre en un lugar seguro y que no haya extraños en el área de trabajo de la grúa de carga.

3.5. Si hubo una interrupción en el funcionamiento de los mecanismos de la grúa de carga, el operador de la grúa deberá hacer sonar una señal de advertencia antes de encenderlos.

3.6. El movimiento de la grúa bajo la línea eléctrica debe realizarse con el brazo bajado (en posición de transporte).

3.7. Al mover una grúa con carga, la posición de la pluma y la capacidad de carga de la grúa deben establecerse de acuerdo con las instrucciones contenidas en el manual de funcionamiento de la grúa. No está permitido mover la grúa y girar la pluma simultáneamente.

3.8. El operador (conductor) está obligado a instalar la grúa de carga en todos los soportes adicionales en todos los casos en que dicha instalación sea necesaria de acuerdo con las características del pasaporte de la grúa de carga; Al mismo tiempo, debe asegurarse de que los soportes estén en buen estado de funcionamiento y que debajo de ellos se coloquen almohadillas fuertes y estables, que son el equipamiento de la grúa. No está permitido colocar objetos aleatorios debajo de soportes adicionales.

3.9. Está prohibido que el operador (conductor) esté en la cabina al instalar la grúa sobre soportes adicionales, así como al soltarla de los soportes.

3.10. Se permite la instalación de un manipulador de grúa en el borde de la pendiente de un foso (zanja) siempre que las distancias desde el comienzo de la pendiente del foso (zanja) hasta el borde del contorno de soporte del manipulador de grúa no sean inferiores a los indicados en la tabla. Si fuera imposible mantener estas distancias, se deberá reforzar la pendiente. Las condiciones para instalar una grúa de carga en el borde de una pendiente de foso (zanja) deben especificarse en el proyecto para realizar trabajos con grúas de carga.

Distancia mínima desde el inicio de la pendiente del pozo (zanja) hasta el borde del contorno de soporte de la grúa manipuladora para suelo sin relleno, m Suelo del pozo (zanja), m
arena y grava franco arenoso arcilloso arcilloso loes seco
1 1,5 1,25 1,00 1,00 1,0
2 3,0 2,40 2,00 1,50 2,0
3 4,0 3,60 3,25 1,75 2,5
4 5,0 4,40 4,00 3,00 3,0
5 6,0 5,30 4,75 3,50 3,5

3.11. Se deben instalar grúas de carga para realizar trabajos de construcción e instalación de acuerdo con el proyecto para realizar trabajos con grúas de carga.

3.12. La instalación de grúas debe realizarse en un sitio planificado y preparado, teniendo en cuenta la categoría y naturaleza del suelo. No está permitido instalar grúas de carga para trabajos en suelo recién vertido y no compactado, así como en un sitio con una pendiente que exceda la permitida para una grúa de carga determinada de acuerdo con el manual de operación de la grúa de carga.

3.13. Las grúas de carga deben instalarse de modo que durante el funcionamiento la distancia entre la parte giratoria de la grúa de carga en cualquier posición y los edificios, pilas de carga y otros objetos sea de al menos 1 m.

3.14. El operador (conductor) tiene prohibido instalar no autorizadamente una grúa de carga para trabajar cerca de una línea eléctrica (hasta que reciba una asignación de la persona responsable de la realización segura del trabajo con grúas de carga).

3.15. El operador (conductor) debe trabajar bajo la supervisión directa de la persona responsable de la realización segura del trabajo con grúas de carga, al cargar y descargar vagones de góndola, al mover carga con varias grúas de carga, cerca de líneas eléctricas; al mover carga sobre pisos bajo los cuales se encuentran locales de producción o servicios donde pueda haber personas; al mover cargas para las cuales no se haya desarrollado un esquema de eslingado, así como en otros casos previstos por proyectos de trabajo o normativa tecnológica.

3.16. No está permitido mover carga sobre pisos bajo los cuales se puedan ubicar personas en locales industriales, residenciales u oficinas. En algunos casos, la carga se puede mover sobre los pisos de las instalaciones de producción o de oficinas en las que se encuentran las personas, después del desarrollo de medidas (de acuerdo con las autoridades estatales de supervisión técnica) para garantizar la realización segura del trabajo, y bajo la guía de la persona responsable de la realización segura del trabajo con grúas.

3.17. El trabajo conjunto en movimiento de carga mediante dos o más grúas puede permitirse sólo en ciertos casos y debe realizarse de acuerdo con el proyecto de trabajo o mapa tecnológico, que debe contener diagramas de eslingado y movimiento de carga, indicando la secuencia de operaciones, la posición. de cables de carga, y también contienen requisitos para la preparación del sitio y otras instrucciones para el movimiento seguro de la carga.

3.18. Al mover carga, el operador (conductor) debe guiarse por las siguientes reglas:

1) la grúa sólo se puede operar mediante una señal del eslingador. Si el eslingador da una señal, actuando en violación de los requisitos de las instrucciones, entonces el operador de la grúa, en respuesta a dicha señal, no debe realizar la maniobra requerida de la grúa de carga. Por los daños causados ​​​​por el funcionamiento de una grúa como resultado de una señal dada incorrectamente, son responsables tanto el operador (conductor) como el hondero que dio la señal incorrecta. El intercambio de señales entre el hondero y el operador (maquinista) debe realizarse de acuerdo con el procedimiento establecido en la empresa (organización). El operador (conductor) debe ejecutar la señal de “Alto” ​​independientemente de quién la dé;

2) es necesario determinar la capacidad de carga de la grúa para cada tramo utilizando el indicador de capacidad de carga;

3) antes de levantar la carga, se debe advertir al eslingador y a todas las personas cercanas a la grúa de carga con una señal sonora sobre la necesidad de abandonar la zona de la carga que se está moviendo, la posible caída de la carga y el descenso de la pluma. . Las cargas sólo se pueden mover si no hay personas en el área de operación de la grúa. El operador (conductor) también debe cumplir estos requisitos al levantar y mover la cuchara. El eslingador puede estar cerca de la carga durante su elevación o descenso si la carga se encuentra a una altura no superior a 1 m del nivel de la plataforma;

4) la carga y descarga de carros, vehículos y remolques para ellos, vagones de góndolas y andenes sólo está permitida en ausencia de personas en los vehículos, lo que el operador (conductor) debe asegurarse previamente;

5) el gancho del mecanismo de elevación debe instalarse por encima de la carga de modo que al levantar la carga se elimine la tensión oblicua del cable de carga;

6) al levantar una carga, primero es necesario elevarla a una altura de no más de 200-300 mm para garantizar la corrección de la eslinga, la estabilidad de la grúa y el correcto funcionamiento del freno, después de lo cual puedes levantar la carga a la altura requerida;

7) al levantar una carga, la distancia entre la jaula del gancho y los bloques del brazo debe ser de al menos 500 mm;

8) las cargas que se mueven horizontalmente (dispositivos de manipulación de carga) deben elevarse primero 500 mm por encima de los objetos que se encuentren en el camino;

9) al levantar la pluma, es necesario asegurarse de que no supere la posición correspondiente al menor alcance de trabajo;

10) al mover una carga ubicada cerca de una pared, columna, pila, vagón de ferrocarril, vehículo, máquina u otro equipo, primero debe asegurarse de que no haya eslingadores u otras personas entre la carga que se está moviendo y las partes especificadas del edificio, vehículos o equipos, así como la imposibilidad de que la pluma o la carga que se mueve choque contra paredes, columnas, carros, etc. Las cargas se colocan en vagones góndolas, en plataformas y en carros, y su remoción debe realizarse sin alterar el equilibrio. de vagones, carros y plataformas góndola;

11) el movimiento de cargas pequeñas debe realizarse en contenedores especialmente diseñados para este fin, y debe excluirse la posibilidad de que se caigan cargas individuales; se permite levantar ladrillos en paletas sin cercas solo durante la carga y descarga (en el suelo ) de vehículos, remolques, vagones de góndola y andenes de ferrocarril;

12) antes de levantar una carga de un pozo, zanja, zanja, foso, etc. y antes de bajar la carga en ellos, bajando el gancho libre (descargado), primero asegúrese de que en su posición más baja en el tambor quede enrollada al menos una vuelta y media de la cuerda, sin contar las vueltas debajo del dispositivo de sujeción;

13) la carga deberá apilarse y desmontarse de manera uniforme, sin violar las dimensiones establecidas para el almacenamiento de carga y sin bloquear los pasillos;

14) es necesario vigilar atentamente las cuerdas; si se caen de los tambores o bloques, se forman bucles o se detectan daños en los cables, se debe suspender el funcionamiento de la grúa;

15) si la grúa dispone de dos mecanismos de elevación, no se permite su funcionamiento simultáneo. El gancho del mecanismo de ralentí siempre debe estar elevado a su posición más alta;

16) la eslinga de cargas debe realizarse de acuerdo con los diagramas de eslinga. Para la eslinga se deben utilizar eslingas que correspondan al peso y naturaleza de la carga que se levanta, teniendo en cuenta el número de ramas y su ángulo de inclinación; las eslingas de uso general se seleccionan de modo que el ángulo entre sus ramas no supere los 90°;

17) al operar una grúa manipuladora con cuchara diseñada para materiales a granel y en trozos, no se permite manipular material cuyo tamaño mayor de piezas exceda los 300 mm, o si la masa a granel excede el valor establecido para esta cuchara. El transbordo de carga por piezas sólo se puede realizar con una cuchara especial;

18) Se permite el funcionamiento de grúas de agarre en ausencia de personas en su zona de actuación. A los trabajadores auxiliares sólo se les podrá permitir desempeñar sus funciones después de una interrupción en el funcionamiento de la grúa, después de que la cuchara haya sido bajada al suelo;

19) se permite bajar la carga transportada únicamente al lugar destinado a tal fin, donde se excluye la posibilidad de caída, vuelco o deslizamiento de la carga instalada. El lugar de instalación de la carga debe colocarse previamente con almohadillas de resistencia adecuada. La estiba y desmontaje de la carga debe realizarse de manera uniforme, sin violar las dimensiones establecidas para el almacenamiento de carga y sin bloquear los pasillos.

3.19. Trabajar con grúas manipuladoras a una distancia inferior a 30 m de la parte deslizante de elevación de la grúa manipuladora en cualquier posición, así como de la carga al plano vertical formado por la proyección al suelo del cable eléctrico más cercano. línea con un voltaje de 42 V o más, debe realizarse junto con la aprobación que define las condiciones de trabajo seguras. El procedimiento para organizar el trabajo cerca de una línea eléctrica, emitir un permiso e instruir a los trabajadores se establece por orden del propietario de la grúa. Las distancias seguras desde partes de la grúa o carga en cualquier posición hasta el cable de la línea eléctrica más cercana son: para voltaje de hasta 1 kV - 1,5 m, de 1 a 20 kV - al menos 2 m, de 35 a 110 kV - al menos 4 m , de 150 a 220 kV - al menos 5 m, hasta 330 kV - al menos 6 m, de 500 a 750 kV - al menos 9 m.

En caso de necesidad de producción, si es imposible mantener las distancias especificadas, el trabajo con grúa manipuladora en el área restringida se puede realizar con la línea eléctrica desconectada, de acuerdo con el permiso de trabajo, que indica el tiempo de trabajo.

El operador (operador de grúa) no debe comenzar a trabajar si la persona responsable de la realización segura del trabajo con grúas manipuladoras no ha garantizado el cumplimiento de las condiciones de trabajo estipuladas en el permiso de trabajo, no ha indicado el lugar de instalación de la grúa manipuladora y ha No se hizo la siguiente anotación en el libro de registro: “Instalación “Revisé la grúa de carga en el lugar que indiqué. Autorizo ​​el trabajo (fecha, hora, firma)”.

Al operar grúas en centrales eléctricas, subestaciones y líneas eléctricas existentes, si el trabajo con grúas lo realiza personal que opera instalaciones eléctricas y los operadores (operadores de grúas) forman parte del personal de la empresa de energía, un permiso de trabajo para trabajar cerca de cables activos y se entrega el equipo al operador (operador de grúa), una persona responsable de la realización segura del trabajo con grúas.

La operación de grúas de carga bajo cables de contacto no desconectados del transporte urbano se puede realizar siempre que la distancia entre el brazo de la grúa de carga y los cables de contacto se mantenga al menos 1 m al instalar un limitador (tope) que no permita reducir la distancia especificada al levantar el brazo.

3.20. El operador (conductor) puede comenzar a trabajar en áreas con riesgo de explosión e incendio o con cargas tóxicas y cáusticas solo después de recibir instrucciones especiales (escritas) de la persona responsable de la realización segura del trabajo con grúas.

3.21. Durante la realización del trabajo, el operador (conductor) tiene prohibido:

1) permitir atar o enganchar cargas a personas aleatorias que no tengan derecho de eslingador, y también utilizar dispositivos de manipulación de carga que no correspondan al peso y naturaleza de la carga, sin etiquetas ni sellos. En estos casos, el operador (conductor) deberá dejar de trabajar con la grúa de carga y notificar al responsable de la realización segura del trabajo con las grúas de carga;

2) levantar una carga cuya masa excede la capacidad de carga de la grúa de carga para un alcance determinado. Si el operador (conductor) no conoce el peso de la carga, debe obtener información escrita sobre el peso real de la carga de la persona responsable de la realización segura del trabajo con grúas;

3) bajar el brazo con la carga hasta que se extienda, momento en el cual la capacidad de carga de la grúa será menor que la masa de la carga que se levanta;

4) producir un frenado brusco al girar la pluma con carga;

5) arrastrar una carga por el suelo, rieles y vigas con el gancho de una grúa-manipulador cuando los cables están en posición inclinada, así como mover vagones, andenes, carros o carros mediante un gancho;

6) utilizar un gancho o una cuchara para arrancar una carga cubierta de tierra o congelada en el suelo, depositada por otras cargas, reforzada con pernos, rellena de hormigón, etc.;

7) utilizar una grúa para liberar los dispositivos de elevación atrapados por la carga (eslingas, cadenas, alicates, etc.);

8) levantar productos de hormigón armado con bisagras dañadas, carga mal atada (atada) que se encuentre en una posición inestable, así como en contenedores llenos por encima de los lados;

9) colocar cargas en cables y tuberías eléctricas, así como en el borde de una pendiente de una zanja o zanja;

10) levantar una carga con personas encima, así como una carga sostenida con las manos;

11) transferir el control de la grúa de carga a personas que no tienen derecho a operar la grúa de carga, y también permitir que los estudiantes y aprendices operen la grúa de carga de forma independiente sin supervisarlos;

12) cargar y descargar el vehículo mientras el conductor u otras personas se encuentran en la cabina;

13) levantar cilindros con gas comprimido o licuado que no estén colocados en contenedores especiales;

14) entregar la carga en aberturas de ventanas y balcones sin áreas especiales de recepción ni dispositivos especiales;

15) levantar la carga directamente desde el lugar de su instalación (desde el suelo, plataforma, pila, etc.) con un cabrestante de foque;

16) utilizar interruptores de límite como cuerpos de trabajo para detener automáticamente los mecanismos;

17) trabajar con dispositivos de seguridad y frenos inutilizados o defectuosos.

3.22. Si se produce un mal funcionamiento, el operador (conductor) está obligado a bajar la carga, dejar de operar la grúa de carga e informar a la persona responsable de la realización segura del trabajo con grúas de carga. El operador (conductor) también deberá actuar en los siguientes casos:

1) cuando se aproxima una tormenta o un viento fuerte cuya velocidad exceda la velocidad permitida para esta grúa y especificada en su pasaporte;

2) en caso de iluminación insuficiente del área de trabajo del grúa-manipulador, fuertes nevadas o niebla, así como en otros casos en los que el operador (conductor) no distingue claramente las señales del eslingador o de la carga que se está moviendo. ;

3) cuando la temperatura del aire es inferior a la temperatura negativa permitida especificada en el pasaporte de la grúa;

4) al torcer los cables del polipasto de cadena de carga.

4. Requisitos de protección laboral en situaciones de emergencia

4.1. Si la grúa de carga pierde estabilidad (hundimiento del terreno, falla de los estabilizadores, sobrecarga, etc.), el operador (conductor) debe dejar de levantar inmediatamente, dar una señal de advertencia, bajar la carga al suelo o plataforma y determinar la causa de la emergencia.

4.2. Si los elementos del manipulador de grúa (pluma, cables) están energizados, el operador (conductor) debe advertir a los trabajadores sobre el peligro y alejar la pluma de los cables de la línea eléctrica. Si esto no se puede hacer, entonces el operador (conductor) debe abandonar la grúa de carga sin tocar las estructuras metálicas y observando las medidas de seguridad personal contra descargas eléctricas (de acuerdo con el manual de operación de la grúa de carga).

4.3. Si durante el funcionamiento del manipulador de grúa el trabajador (hondero) entra en contacto con piezas vivas, el operador (conductor) debe, en primer lugar, tomar medidas para liberar a la víctima de los efectos de la corriente eléctrica, observando las medidas de seguridad personal y proporcionar la primeros auxilios necesarios.

4.4. Si se produce un incendio en la grúa de carga, el operador (conductor) está obligado a llamar inmediatamente a los bomberos, detener el trabajo y comenzar a extinguir el incendio utilizando los medios de extinción disponibles en la grúa de carga.

4.5. Si ocurren desastres naturales (huracán, terremoto, etc.), el operador (conductor) debe detener el trabajo, bajar la carga al suelo, abandonar la grúa y dirigirse a un lugar seguro.

4.6. En caso de otras situaciones de emergencia, el operador (conductor) debe cumplir con los requisitos de seguridad establecidos en el manual de operación de la grúa de carga.

4.7. Si ocurre un accidente o accidente durante la operación de una grúa de carga, el operador (conductor) deberá notificar inmediatamente al responsable de la operación segura de las grúas de carga y garantizar la seguridad del accidente o situación de accidente, si esto no representa peligro para vida y salud humana.

4.8. El operador (conductor) está obligado a anotar en el libro de registro todas las situaciones de emergencia y notificar al ingeniero y técnico responsable del mantenimiento de las grúas en buen estado.

5. Requisitos de protección laboral al término del trabajo

5.1. Al finalizar el trabajo de la grúa, el operador (conductor) debe cumplir con los siguientes requisitos:

1) no dejar la carga ni agarrarla colgada;

2) colocar la grúa en el área de estacionamiento designada, frenarla y bloquear la cabina;

3) instalar la pluma y el gancho en la posición especificada en el manual de operación de la grúa de carga;

4) detener el motor;

5) ingresar en el libro de registro información sobre defectos identificados y mal funcionamiento de componentes y elementos de la grúa.

5.2. Cuando una grúa de carga opera en varios turnos, el operador (operador de grúa) que entrega el turno debe informar a su trabajador de turno sobre todos los problemas en el funcionamiento de la grúa de carga y entregar el turno, haciendo la anotación correspondiente en el libro de registro.

6. Mantenimiento y cuidado de grúas de carga

6.1. Al dar servicio a una grúa de carga, el operador (conductor) debe cumplir con los requisitos establecidos en el manual de operación de la grúa de carga.

6.2. El operador (conductor) está obligado:

1) mantener limpios y en buen estado de funcionamiento los mecanismos y equipos de la grúa;

2) lubricar rápidamente todos los mecanismos de la grúa y los cables;

3) conocer los plazos y resultados de los exámenes técnicos y el mantenimiento técnico (TO-1, TO-2, TO-3, SO) de la grúa;

4) conocer los plazos y resultados de las inspecciones periódicas preventivas de la grúa y sus mecanismos y componentes individuales realizadas por mecánicos y electricistas de acuerdo con las anotaciones en el registro de inspecciones periódicas.

6.3. La eliminación de las averías que surgen durante el funcionamiento del manipulador de grúa se lleva a cabo a petición del operador (conductor). Otros tipos de reparaciones se realizan de acuerdo con el cronograma de mantenimiento preventivo.

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Las mujeres en el deporte superarán a los hombres en 2156 02.02.2005

Andrew Tatham de la Universidad de Oxford (Inglaterra) analizó datos sobre récords mundiales de hombres y mujeres en los 1900 metros en los Juegos Olímpicos de 2004 a XNUMX.

Las mujeres han estado participando en este deporte solo desde 1908, pero la brecha entre ellas y los hombres se está reduciendo gradualmente. Si extrapolas a partir de las tendencias observadas, resulta que en los Juegos Olímpicos de 2156, una mujer se convertirá en campeona mundial de carreras de velocidad. Mostrará un resultado de 8,079 segundos a una distancia de cien metros, y un competidor masculino: 8,098 segundos.

El mismo Tatham admite que sus cálculos son un poco exagerados, pero enfatiza que el crecimiento de los récords de mujeres durante casi cien años ha sido sorprendentemente lineal.

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