FUNDAMENTOS DE UNA VIDA SEGURA
Fundamentos jurídicos y psicológicos de la legítima defensa. Conceptos básicos de una vida segura Directorio / Conceptos básicos de una vida segura Una persona a lo largo de su vida se encuentra en diversas situaciones extremas, incluidas las relacionadas con la necesidad de proteger la vida y la salud de los demás o su propia propiedad, para ayudar a las fuerzas del orden a garantizar la ley y el orden. En los casos previstos por la ley, se permite recurrir a acciones que prevengan delitos de diversa índole que pongan en peligro la vida de una persona o de otras personas, causen daños físicos, materiales o de otra índole. Tales acciones son completamente lícitas y no conllevan responsabilidad penal, administrativa o civil. Sin embargo, debe recordarse que solo la defensa necesaria y la extrema necesidad están reconocidas por el Código Penal de la Federación Rusa como una circunstancia que excluye la responsabilidad por causar daño. En este sentido, para evitar consecuencias jurídicas indeseables, cada persona debe conocer las condiciones y el procedimiento de las acciones no punibles por la ley en estado de defensa necesaria, ya que es posible que tenga que hacer frente a tales situaciones. Consideremos lo que es defensa necesaria. Como ya se destacó, la protección contra la usurpación ilegal es el derecho natural de toda persona. Esto está claramente establecido en la Constitución de la Federación Rusa: "Toda persona tiene derecho a defender sus derechos y libertades por todos los medios no prohibidos por la ley". Para caracterizar estos métodos, se introduce en el derecho penal el concepto de "defensa necesaria". En la parte 1 del art. 37 del Código Penal de la Federación Rusa (Código Penal de la Federación Rusa) establece que "no es un delito causar daño a una persona infractora en estado de defensa necesaria, es decir, cuando se protege la personalidad y los derechos de la defender a una persona o a otras personas, los intereses de la sociedad y del Estado protegidos por la ley de una intrusión socialmente peligrosa, si el ataque estuvo acompañado de violencia peligrosa para la vida del defensor o de otra persona, o con la amenaza inmediata de tal violencia. La parte 3 del mismo artículo establece que "todas las personas tienen el mismo derecho a la defensa necesaria, independientemente de su formación profesional o especial y de su posición oficial. Este derecho pertenece a una persona, independientemente de la posibilidad de evitar una intrusión socialmente peligrosa o buscar ayuda de otras personas o autoridades". Y además (la Parte 21 fue introducida por la Ley Federal No. 8-FZ del 2003 de diciembre de 162): "Las acciones de la persona defensora no exceden los límites de la defensa necesaria si esta persona, debido a lo inesperado de la invasión, podría no evaluar objetivamente el grado y la naturaleza del peligro del ataque". De acuerdo con el Código Penal de la Federación Rusa, las acciones intencionales que claramente no corresponden a la naturaleza y el grado de peligro público de usurpación se reconocen como que exceden los límites de la defensa necesaria. Por lo tanto, de conformidad con el Código Penal de la Federación de Rusia defensa necesaria - esta es una defensa legítima contra una intrusión socialmente peligrosa al causar daño al infractor. Sin embargo, para que el daño causado al atacante sea reconocido como lícito, debe cumplir una serie de condiciones. Se muestran esquemáticamente en la figura 4. Como puede verse en el esquema presentado, las condiciones para la legitimidad de causar daño en un estado de defensa necesaria pueden relacionarse con la invasión y la protección. Considerémoslos con más detalle. Causar daño en un estado de defensa necesaria, relativo al abuso válido si cumple las siguientes condiciones. 1. El delito debe ser socialmente peligroso. Es una infracción que causa o es capaz de causar daño a los intereses protegidos por la ley penal, es decir, el individuo, la sociedad y el estado. Sin embargo, no tiene por qué ser delictivo. A menudo existen tales infracciones que, según los fundamentos jurídicos formales, no son punibles penalmente, pero pueden suponer un grave peligro para los intereses protegidos. Por ejemplo, la usurpación de la vida y la salud por parte de los dementes, así como de las personas que no hayan alcanzado la edad de responsabilidad penal. También se permite la defensa necesaria contra tales invasiones. Otra cosa es que en estos casos quien ejerza su derecho a la defensa necesaria, con base en consideraciones morales, deba estar especialmente atento a los límites de su ejercicio, esforzarse por causar el menor daño en tal situación o tratar de eludir las usurpaciones. Una persona que toma todas las medidas para evadir la intrusión de una persona demente (huye, pide ayuda) merece aprobación moral, no condena, ya que tal comportamiento no es causado por cobardía, sino por consideraciones humanas y la máxima discreción. Arroz. 4. Condiciones de legitimidad para causar daño en estado de defensa necesariaLa cuestión de la posibilidad de defensa necesaria contra las acciones indebidas de los funcionarios merece una consideración especial. El derecho penal permite la defensa necesaria contra toda actuación socialmente peligrosa de los funcionarios, es decir, aquellos que causen un daño sensible a los intereses protegidos por la ley penal o sean capaces de causar tal daño. La defensa necesaria es inadmisible contra las acciones que se cometen ellas mismas en estado de defensa necesaria. En todos los casos, no puede invocar la necesaria defensa quien, con su actuación ilícita, creó una situación en la que quienes le rodeaban se vieran obligados a utilizar cualquier acto violento contra él. 2. La siguiente condición es existencia de un ataque. Para reconocer la existencia de esta condición, es necesario determinar los momentos inicial y final de la invasión. Punto de partida del ataque reconocido como el momento de la usurpación más peligrosa socialmente, y la presencia de una amenaza real de usurpación. Una persona tiene derecho a defenderse de acuerdo con las reglas de la defensa necesaria ya cuando está claro de la situación prevaleciente que la invasión puede llevarse a cabo de inmediato, es decir, cuando existe una amenaza inmediata de acciones socialmente peligrosas. Al mismo tiempo, la necesaria defensa contra las invasiones que se esperan en el futuro es inaceptable. El momento final del ataque. asociado a su fin. El ataque se considera completado si la amenaza de daño al defensor ha pasado. Infligir daño en este caso debe considerarse como infligir represalias, un acto de venganza, etc. Sin embargo, debe señalarse aquí que la práctica judicial procede del hecho de que un estado de defensa necesaria puede tener lugar incluso después del final de la acto de usurpación, si, por determinadas circunstancias del caso, el defensor no fue el punto final es claro. La transferencia de armas u otros elementos utilizados en el ataque del atacante al defensor no puede indicar por sí misma el final del ataque. 3. Otra condición para la legitimidad de la defensa necesaria relacionada con la usurpación es la realidad del ataque. Se considera válida una infracción que existe objetivamente, en la realidad, y no en la imaginación. Reconocer una infracción como existente en la realidad significa establecer que es objetivamente capaz de causar un daño significativo a los intereses protegidos por la ley. Sin embargo, en la práctica judicial se dan casos de causar daño en el llamado estado de defensa imaginaria, es decir, defensa contra una invasión imaginaria, aparente, pero en realidad inexistente. Las consecuencias jurídicas de la defensa imaginaria están determinadas por normas generales. reglas de error reales: 1) si un error de hecho excluye la dolo y la negligencia, entonces también se elimina la responsabilidad penal por acciones cometidas en un estado de defensa imaginaria, ya que la persona no solo no se da cuenta, sino que en la situación actual no debe ni puede ser consciente de que hay ninguna invasión socialmente peligrosa; 2) si, durante una defensa imaginaria, la persona que causa el daño al usurpador imaginario, no se dio cuenta de que en realidad no hubo usurpación, equivocándose de buena fe al evaluar la situación actual, pero debido a las circunstancias del caso, él debe y puede ser consciente de ello, la responsabilidad por el daño causado procede como por un delito culposo. Debe tenerse en cuenta que la defensa imaginaria y la defensa necesaria implican ciertas condiciones obligatorias:
Si una persona supuso de manera completamente irrazonable que estaba siendo atacada, cuando ni el comportamiento de la víctima ni la situación imperante le dieron razón real para temer un ataque, está sujeta a responsabilidad por motivos generales como un delito doloso. En estos casos, las acciones de la persona no están conectadas con una defensa imaginaria, y el daño a la víctima se produce debido a la sospecha excesiva e injustificada del perpetrador. Las condiciones de legitimidad para causar daño en estado de defensa necesaria, relativo a la protección son los siguientes: 1. Si se encuentra en estado de defensa necesaria se protegen los derechos e intereses no sólo del propio defensor, sino también de otras personas, de la sociedad y del Estado. 2. Si el daño sólo puede causarse al infractor, pero no a terceros. Según la ley, la defensa necesaria sólo se permite en relación con los propios infractores. Si son varios los infractores, se reconoce como legítimo el daño causado a cualquiera de ellos, cualquiera que sea el grado de su participación en la usurpación. Sin embargo, si, al repeler incluso una invasión real, una persona causó daño no al atacante, sino a uno de los extraños, él es responsable de ello. Según las circunstancias, sus acciones se califican de negligentes y, en ocasiones, de daño deliberado. Debe enfatizarse que la ley, al establecer el derecho a la defensa necesaria contra las intrusiones socialmente peligrosas al causar daño al infractor, no establece restricciones con respecto a la naturaleza del daño. Por tanto, con la necesaria defensa se pueden causar al infractor los más diversos perjuicios: la vida, la salud, la libertad, el honor, la dignidad, los bienes, etc. el arma con la que el delincuente intentó cometer un asesinato, o mata al perro que el dueño le arrojó. Esto también incluye el hecho de que un policía de tránsito dañe un automóvil cuando su propietario no se detiene por orden del inspector. Además, de acuerdo con el Código Civil de la Federación Rusa, los daños a la propiedad causados en un estado de protección contra una intrusión socialmente peligrosa no están sujetos a compensación, si no se excedieron los límites de la defensa necesaria. 3. Otra condición para la defensa necesaria en el contexto de la defensa es sin exceder los límites de la defensa necesaria. Dicho exceso se reconoce como acciones intencionales que claramente no corresponden a la naturaleza y grado de peligro público de la invasión. Debe enfatizarse que no estamos hablando de todos, sino de lo obvio, es decir, la inconsistencia excesiva de los medios de protección con la naturaleza y el peligro de la invasión. Una discrepancia simple, es decir, no manifiesta (no excesiva), no significa exceder la defensa necesaria, ya que la ley penal permite, con la defensa necesaria, causar más daño que el que amenaza el bien protegido por la ley. Dicho cumplimiento o incumplimiento se determina principalmente comparando la importancia de los intereses protegidos y lo que se perjudica. Al decidir sobre la presencia o ausencia de signos de exceder los límites de la defensa necesaria, la conformidad o inconsistencia de los medios de defensa y ataque, la naturaleza del peligro que amenaza al defensor, su fuerza y capacidad para repeler la invasión, así como todas las demás circunstancias que puedan afectar el equilibrio real de fuerzas de los invasores y los defendidos (el número de invasores y defensores, su edad, la presencia de armas, el lugar y la hora de la invasión, etc.). Cuando la infracción es cometida por un grupo de personas, el defensor tiene derecho a aplicar a cualquiera de los atacantes las medidas de protección que determine el grado de peligrosidad y la naturaleza de las acciones de todo el grupo. Además, ni el número de atacantes y defensores, ni la presencia de armas en uno u otro en sí mismo es de importancia decisiva. Para determinar si se excedieron los límites de la defensa necesaria, también se debe tener en cuenta el estado mental del defensor. Debe tenerse en cuenta que en un estado de excitación emocional causado por una invasión, no siempre es posible sopesar con precisión la naturaleza del peligro y elegir los medios de protección proporcionados. Para algunas categorías de ciudadanos, la defensa necesaria es su obligación legal. Por lo tanto, los deberes oficiales de los oficiales de policía y una serie de otras estructuras de poder incluyen la represión de las invasiones criminales, sin embargo, las reglas para aplicar la defensa necesaria para ellos son las mismas que para todos los ciudadanos. Causar daño en condiciones de rebasar los límites de la defensa necesaria reduce significativamente la peligrosidad social de un delito cometido por el defensor. Por lo tanto, el Código Penal de la Federación de Rusia prevé la mitigación del castigo para quienes hayan cometido tales delitos. Hablando del derecho humano a la defensa necesaria, me gustaría enfatizar que este derecho sirve a los intereses de prevenir y reprimir el crimen. Sin embargo, por regla general, los ciudadanos rara vez recurren a ella, por temor a la responsabilidad penal por exceder los límites de la defensa necesaria. Esto se debe principalmente al analfabetismo jurídico y al desconocimiento de sus derechos. Como ya se señaló, en el caso de defensa necesaria, es lícito dañar solo a una determinada persona que comete un delito socialmente peligroso. Sin embargo, existe una circunstancia en cuya presencia es lícito causar daño a personas no autorizadas. Tal circunstancia, conforme a la ley, es extrema necesidad; puede definirse como la eliminación de un peligro que atente contra los derechos e intereses de una persona, de la sociedad y del Estado al causar daño a cualquiera de las personas naturales o jurídicas ajenas. Parte 1 Arte. 39 del Código Penal de la Federación Rusa establece: “No es un delito causar daño a los intereses protegidos por el derecho penal en un estado de emergencia, es decir, eliminar un peligro que amenaza directamente la persona y los derechos de esta persona o otras personas, los intereses jurídicamente tutelados de la sociedad o del Estado, si este peligro no pudiera eliminarse por otros medios, sin exceder los límites de la emergencia”. Al igual que en el caso de la defensa necesaria, para reconocer la existencia de un estado de excepción se requiere el cumplimiento de una serie de condiciones relacionadas con la naturaleza del peligro a eliminar y con las acciones para eliminarlo. Esquemáticamente, esto se puede representar de la siguiente manera (Fig. 5). Las condiciones de legitimidad para causar daño en un estado de excepción, relativas a la creación de peligro, son como sigue. 1. El peligro por el que se actúa en estado de excepción puede ser causado por el comportamiento humano, la manifestación de las fuerzas elementales de la naturaleza, el ataque de los animales y otras circunstancias (incendios, descarrilamientos de trenes, accidentes en oleoductos, mal funcionamiento de mecanismos, etc.), y no sólo las acciones socialmente peligrosas de los individuos, como es el caso de la defensa necesaria. Arroz. 5. Condiciones de legitimidad para causar daño en un estado de excepciónAsí, por ejemplo, se produce un estado de extrema necesidad de defensa en caso de incendio cerca de instalaciones vitales, cuyas causas pueden ser un incendio deliberado o una manipulación descuidada del fuego por parte de particulares, un cortocircuito en el cableado eléctrico (mal funcionamiento del mecanismo), un rayo (la acción de las fuerzas elementales de la naturaleza), etc. Para evitar la propagación del fuego a estos objetos, los bomberos y otras personas, actuando en estado de emergencia, desmantelan el edificio ubicado entre el fuego y estos objetos. Si bien el daño o destrucción intencional de un edificio constituye un delito, las personas involucradas en la extinción de un incendio no deben ser consideradas responsables de este si han cumplido con las demás condiciones necesarias para la legalidad de sus acciones. La destrucción de un animal atacante puede cometerse en estado de emergencia, si el ataque es un animal salvaje o un animal doméstico que actúa sin intervención humana. En aquellos casos en que, por ejemplo, el dueño ataca al perro, entonces él actúa como autor del acto socialmente peligroso, en relación con el cual la destrucción del animal se lleva a cabo en el orden de defensa necesaria, es decir, la persona que comete la invasión socialmente peligrosa sufre daños materiales al destruir al perro. El mismo estado de defensa necesaria se produce también cuando se destruye un animal atacante, que se ha soltado por negligencia del propietario, cuidador, administración del zoológico, etc. Las fuentes de peligro en algunos casos pueden ser procesos fisiológicos patológicos que ocurren en el cuerpo humano, peligrosos para su vida y salud (enfermedad, hambre, necesidad extrema, etc.). En la práctica legal, hay casos en que las personas que se perdían en la tundra o taiga y se quedaban sin alimentos eran obligadas a abrir los almacenes de partidas geológicas o cazadores y apoderarse de parte de los alimentos para no morir de hambre. Tales situaciones son consideradas por el tribunal como un estado de emergencia. Un estado similar puede surgir en el proceso de ejercicio del derecho a la defensa necesaria o la detención de un criminal. Por ejemplo, los delincuentes han tomado rehenes y los retienen en locales propiedad de una persona o entidad. Para evitar una invasión socialmente peligrosa, liberar rehenes y detener a los delincuentes, los agentes del orden o los guardias de seguridad privada ingresan a las instalaciones y dañan ventanas, puertas, paredes, pisos o techos, según la situación. Aquí, el daño a la propiedad no se causa al invasor, sino al propietario del local. Esto quiere decir que dicho daño no puede considerarse causado en estado de defensa necesaria. Está sujeto a las normas relativas a la imposición de daños en un estado de excepción. Al mismo tiempo, el daño causado en esta situación por los propios perpetradores está plenamente dentro del ámbito de la defensa necesaria. Otro ejemplo se puede dar cuando para detener un vehículo conducido por un infractor de las normas de tránsito que no ha cumplido con el requisito de un oficial de policía de detenerse, el inspector de la policía de tránsito tiene derecho a usar armas de fuego o medios especiales. En este caso, el vehículo puede sufrir daños, a veces muy importantes. Las actuaciones de un agente de policía en relación con el infractor se realizan en estado de defensa necesaria. Como defensa necesaria, también se debe evaluar el daño al automóvil si pertenece al propio infractor. Sin embargo, se requiere un enfoque diferente para evaluar el daño a un vehículo que no pertenece al infractor, sino a otra persona física o jurídica. Esta situación surge si el infractor utiliza temporalmente el automóvil de otra persona, por ejemplo, en régimen de alquiler, o trabaja como conductor en un automóvil propiedad de una organización estatal, pública o privada, o roba este vehículo. En tales casos, el daño al vehículo no está amparado por el concepto de "defensa necesaria", ya que el daño no se causa al infractor, sino al propietario. El daño debe ser considerado teniendo en cuenta las condiciones de legitimidad de causar daño en un estado de emergencia. 2. La condición de legitimidad para causar daño, relacionada con la creación de peligro, es que el peligro debe ser inmediato, es decir, aquel que ya se ha causado o se está causando, si no se toman medidas para eliminarlo, daño. Las acciones con causar daño para eliminar un peligro que no ha surgido o ya ha pasado son inaceptables. En los ejemplos dados anteriormente, es inaceptable causar daño antes del inicio de un incendio o después de que finalice. 3. La tercera condición para la legitimidad de este tipo de daño es que el peligro debe ser real es decir, realmente existente, no imaginario. Si el daño es cometido por una persona en un estado de peligro extremo imaginario, la persona que causó el daño es responsable penal o administrativamente por él, según la forma establecida de su culpa. Las condiciones de legitimidad para causar daño en un estado de excepción, relacionadas con las acciones para eliminar el peligro, aparecen los siguientes. 1. El carácter extraordinario de la acción para eliminar el peligro. A diferencia de los casos de defensa necesaria, en circunstancias de extrema necesidad, los medios para eliminar el peligro son muy limitados. Si es posible eliminarlo por otros medios, es decir, sin causar daño, entonces no hay emergencia y el daño se reconoce como antijurídico y conlleva la responsabilidad penal o administrativa correspondiente. Sólo en los casos en que causar el daño es la única forma de prevenir el peligro o evitarlo, se puede hablar de un daño de emergencia y forzado, es decir, no delictivo, lícito y que no entrañe responsabilidad penal o administrativa. 2. Se causa daño a terceros, es decir, a terceros. (física o jurídica), no los que crearon el peligro, ya que la inflicción de daño a la persona que creó el peligro se lleva a cabo en un estado de defensa necesaria. En el ejemplo de incendio anterior, se puede ver que si se demuele una estructura entre la fuente del fuego y un objeto importante, el daño no se le causa al que lo hizo, sino al dueño del edificio, quien puede no tener nada que ver con el incidente. Lo mismo se aplica a los daños a la propiedad de terceros al liberar rehenes, detener un vehículo con un intruso, etc. Es posible causar daños a terceros y cuando son atacados por animales, incluidos los salvajes. Entonces, por ejemplo, está prohibida la caza del tigre de Ussuri, sin embargo, la protección contra su ataque se lleva a cabo en estado de emergencia, por lo tanto, defenderse de tal ataque debe estar exento de responsabilidad por violar las reglas de caza. También hay que tener en cuenta que cuando los animales atacan, no siempre se elimina el peligro solo destruyéndolos. A veces, tales ataques obligan a las personas a dañar a los extraños, como su propiedad, que se utiliza para repeler o prevenir un ataque, a fin de eliminar el peligro. 3. Sin exceso de límites de emergencia. Parte 2 Arte. 39 del Código Penal de la Federación Rusa establece: “Exceder los límites de la extrema necesidad es infligir un daño que claramente no corresponde a la naturaleza y el grado del peligro amenazante y las circunstancias bajo las cuales se eliminó el peligro, cuando el daño igual o más significativa se haya causado a los intereses indicados que los evitados.Tal exceso acarrea una responsabilidad penal sólo en los casos de daño doloso. El daño causado en estado de extrema necesidad debe ser necesariamente menor que el prevenido, y no igual, y aun menor. Esta regla se deriva de la condición anterior, y su esencia es que, dado que se causa un daño a personas no autorizadas, es inaceptable que sufran un daño mayor del que podría causar el peligro que se ha producido, o incluso igual a este posible daño. . Se debe elegir el menor de dos males. En los ejemplos dados anteriormente, esta regla se puede ver bastante claramente: daño al edificio para evitar más daño que sería causado por una mayor propagación del fuego; eliminación de un animal o daño a la propiedad para evitar lesiones o muerte de personas, etc. A diferencia de la defensa necesaria, donde el daño causado a la persona infractora no está sujeto a compensación, en caso de emergencia, según el Código Civil de la Federación Rusa, debe ser compensado por la persona que lo causó o por la persona en cuestión. cuyos intereses actuaron para eliminar el peligro que lo amenazaba. Sin embargo, el tribunal tiene derecho, en determinadas circunstancias, a eximir total o parcialmente a estas personas de la indemnización por daños y perjuicios. Así, actuando en situaciones extremas, la persona tiene derecho a la legítima defensa para proteger el honor, la dignidad y la integridad física. No obstante, al mismo tiempo, debe conocer clara y claramente las condiciones, procedimiento y límites de su actuación tanto en estado de necesaria defensa como de emergencia, lo que le ayudará a evitar malentendidos con la ley. Al mismo tiempo, debe recordarse que el conocimiento de las leyes por sí solo no es suficiente para protegerse de posibles peligros. Igualmente importante en situaciones extremas es el conocimiento de los medios modernos de protección y la capacidad de usarlos correcta y legalmente. Recomendamos artículos interesantes. sección Conceptos básicos de una vida segura: ▪ Axioma del Peligro Potencial ▪ Las principales medidas tomadas en la Federación Rusa para proteger a la población de emergencias. ▪ La esencia y clasificación de las situaciones de emergencia de carácter social. Ver otros artículos sección Conceptos básicos de una vida segura. Lee y escribe útil comentarios sobre este artículo. 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